La
importación o entrada de equipo de radio frecuencia le es requerido un permiso,
que establece el Código Federal de Regulaciones bajo el Titulo 47 de
Telecomunicaciones de los Estados Unidos. La Federal Communications Commission
(FCC) regula todo equipo electrónico que tenga la capacidad de emitir energía
de radiofrecuencia. Todos estos equipos tienen la capacidad de causar
interferencia en el rango de 9 KHz a 3000 GHz. Lo que busca la ley es que todo
equipo cumpla con la especificaciones técnicas y estándares para su uso y
evitar la interferencia.
Para
cumplir con la ley, el equipo debe pasar una prueba o proceso regulatorio. De
estar bajo los estándares regulados por ley, es entonces que procede la
identificación (FCC ID).
El
FCC ID o identificación, es un código único asignado a todo equipo sujeto a
regulación por la FCC. Cualquier equipo se refiere, desde un teléfono, TV,
computadora, equipo médico, maquinaria industrial, entre otros equipos que
emitan radiofrecuencia (RF). Estos equipos deben estar dentro de las guías o
estándares regulatorios para evitar la exposición a RF y causar interferencia a
otros equipos. Además, asegura la identificación del aparato bajo una base de
datos y que este cumple con lo estipulado.
Los
equipos se someten bajo prueba en laboratorios certificados como válidos por la
FCC. Y miden si estos están bajo los estándares necesarios de exposición. Otros,
el fabricante presenta evidencia de que cumple con los estándares.
FCC ID Radio TD-H3
¿Qué es un
dispositivo RF?
Casi
todos los productos (dispositivos) electrónicos-eléctricos son capaces de
emitir energía de radiofrecuencia. La mayoría de estos productos, pero no
todos, deben probarse para demostrar el cumplimiento de las normas de la FCC
para cada tipo de función eléctrica que contenga el producto. Como regla
general, los productos que, por diseño, contienen circuitos que funcionan en el
espectro de radiofrecuencia deben demostrar el cumplimiento mediante el
procedimiento de autorización de equipos de la FCC aplicable (es decir, la
Declaración de conformidad del proveedor (SDoC) o Certification). Un
dispositivo de RF debe aprobarse mediante el procedimiento de autorización de
equipos adecuado antes de que pueda comercializarse, importarse o usarse en los
Estados Unidos.
La
American Radio Relay nos explica lo siguiente sobre la autorización de equipo,
(el material es un resumen traducido al español, para ver el material original
puede usar el enlace que se encuentra abajo)
El
siguiente es resumen de la Parte 2, Subparte J, proporcionado por la División
de Autorización de Equipos de la FCC, proporciona información general sobre
varios procesos de aprobación de la FCC para dispositivos de RF:
Certificación (Certification):
Requiere la presentación de una solicitud que incluya una descripción técnica
completa del producto y un informe de medición que demuestre el cumplimiento de
las normas técnicas de la FCC. Los dispositivos sujetos a certificación
incluyen: transmisores de baja potencia, como teléfonos inalámbricos, controles
de puertas de garaje, juguetes de control remoto y sistemas de alarma de
seguridad.
Aceptación de tipo
(Type Acceptance): similar a la certificación, excepto que generalmente
se aplica a equipos de transmisión de radio que se utilizarán en un servicio de
radio con licencia. Los dispositivos sujetos a la aceptación de tipo incluyen:
transmisores móviles terrestres, como transmisores celulares o transmisores
policiales, de bomberos y comerciales; transmisores utilizados en los servicios
de seguridad marítima y aeronáutica; y transmisores CB y otros utilizados en
los servicios de radio personal. Los transmisores de radioaficionados no
requieren aceptación de tipo, aunque los amplificadores de potencia de alta
frecuencia externos y los kits sí la requieren.
Notificación (Notification):
Requiere la presentación de una solicitud abreviada para la autorización de
equipos, que no incluye un informe de medición, a la FCC. Sin embargo, el
solicitante debe conservar un informe de medición que demuestre que el producto
cumple con las normas técnicas de la FCC y debe enviarse a pedido de la
Comisión. Los dispositivos sujetos a notificación incluyen: transmisores de
microondas punto a punto; transmisores de transmisión de AM, FM y TV; ciertos
transmisores de transmisión auxiliares de microondas; y otros receptores
(excepto como se indica en otra parte).
Verificación (Verification):
La verificación es un proceso de autoaprobación en el que el solicitante
realiza las pruebas necesarias y verifica que se han realizado en el
dispositivo que se va a autorizar y que el dispositivo cumple con los
estándares técnicos. Los dispositivos sujetos a verificación incluyen: equipos
informáticos comerciales (Clase A); receptores de TV y FM; y equipos
industriales, científicos y médicos que no sean de consumo. Los equipos
verificados requieren que se coloque una etiqueta de cumplimiento en el
dispositivo, así como información incluida en el manual de funcionamiento sobre
el potencial de interferencia del dispositivo. El texto de la etiqueta de
cumplimiento y la declaración de información sobre los problemas de interferencia
se incluye en la Parte 15 de las Normas de la FCC. Los dispositivos verificados
deben estar identificados de forma única con una marca y/o un número de modelo
que no se pueda confundir con otros dispositivos del mercado. Sin embargo, no
pueden estar etiquetados con un identificador de la FCC o de una manera que
pueda confundirse con un identificador de la FCC.
Declaración de
conformidad (Declaration of Conformity): una declaración de conformidad
es un nuevo procedimiento de aprobación para computadoras personales y
periféricos de computadoras personales. Esta autorización se basa en una
declaración de que el equipo cumple con los requisitos de la FCC y se aplica únicamente
a computadoras personales y periféricos de clase B. Una DoC es una alternativa
a la certificación, ya que no se requiere una solicitud a la FCC, pero el
solicitante debe hacer que el dispositivo sea probado en un laboratorio
acreditado.
¿Qué otras regulaciones,
fuera de la Parte 97, aplican al radioaficionado?
Varias regulaciones aplican bajo el Título 47. Y regulados por la Federal Communications Commission (FCC).
Las
secciones de la Parte 15 que aplican a los radioaficionados incluyen: 15.5(a),
(b) y (c) Condiciones de operación, 15.13 Radiadores incidentales, 15.17
Susceptibilidad a interferencias y secciones de la Subparte B - Radiadores no
intencionales (15.101 Autorización de equipos para radiadores no intencionales,
15.105 Información al usuario, 15.107 Límites de conducción y 15.109 Límites de
emisión radiada).
Algunas
definiciones importantes, dentro de las regulaciones del Título 47,
Interferencia perjudicial:
§ 15.3 (m) Interferencia perjudicial. Cualquier emisión, radiación o inducción
que ponga en peligro el funcionamiento de un servicio de radionavegación o de
otros servicios de seguridad o que degrade, obstruya o interrumpa gravemente o
de manera repetida un servicio de radiocomunicaciones que funcione de
conformidad con este Capítulo. Las normas de casi todos los servicios de radio
con licencia prohíben la interferencia perjudicial, incluido el Servicio de
Radioaficionados.
Emisión espuria:
emisión en una frecuencia o frecuencias que están fuera del ancho de banda
necesario y cuyo nivel puede reducirse sin afectar la transmisión de
información correspondiente. Las emisiones espurias incluyen emisiones
armónicas, emisiones parásitas, productos de intermodulación y productos de
conversión de frecuencia, pero excluyen las emisiones fuera de banda.
Interferencia: El
efecto de la energía no deseada debido a una o una combinación de emisiones de
RF, radiación o inducción al recibirse en un sistema de radiocomunicación, que
se manifiesta por cualquier degradación del rendimiento, mala interpretación o
pérdida de información que podría extraerse en ausencia de dicha energía no
deseada.
¿Qué quiere decir
toda esta información?
Aunque usted como radioaficionado o usuario de los servicios de radio personales no conozca toda la Parte 15, lo relevante es, que establece las definiciones que conocemos sobre espurias e interferencia. Y lo que pretende la Parte 15 es establecer parámetros para todos los equipos que emiten radiofrecuencia no causen interferencia perjudicial. Aunque muchos de los equipos, los fabricantes realizan una auto-aprobación y se espera de ellos cumplan con los estándares.
Una forma sencilla de explicar, y por ejemplo, que
el videojuego, lámpara o monitor no causen interferencia perjudicial entre sí. Y
estos equipos, quizá, pueden causarle interferencia a su radio de HF en alguna
banda. No es necesariamente un problema mayor que no pueda resolver.
No es relevante que conozca toda la Parte 15. Lo
que importa es que al aprobar el examen de radioaficionado y firmar la forma
605, usted es responsable de la interferencia que pueda generar su estación.
Usted debe conocer la ley que gobierna el servicio de radioaficionados. Y estas
establecen lo más importante en la Parte 97. Y que cumple con todas las buenas
prácticas de ingeniería.
Enlaces e información general del tema:
https://www.arrl.org/part-15-radio-frequency-devices#Myths
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